Ley contra la prostitucion infantil.

Entro en vigencia en enero de 2002. A partir de entonces, los Estados firmantes deberán poner en práctica todas las medidas necesarias para erradicar estas prácticas e incluirlas en la categoría de delitos. El tratado establece que la explotación sexual infantil es un crimen extraditable. 
Una vez que se convierta en ley nacional, el Protocolo facultativo responsabilizará directamente a los adultos que participen en estas actividades y tipificará como delito estas violaciones de los derechos de la infancia. 

Los primeros países que ratificaron el tratado fueron Andorra, Bangladesh, Cuba, Islandia, Kazajstán, Panamá, Sierra Leona, Noruega y Marruecos, sumándose a los otros 69 que han firmado la Convención de los Derechos del Niño.

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